El ICANN (Internet Corporation for Assigned Names and Numbers) es un organismo sin ánimo de lucro encargado del control sobre los nombres de dominio y la política de asignación. La comprobación de si un dominio está libre, así como su posterior registro, se puede realizar a través de cualquier proveedor autorizado de servicios de hosting. El coste del registro depende del tipo de dominio o país pero, en cualquier caso, tanto el coste de alta como de mantenimiento anual son bajos.
Todos los nombres de dominio, independientemente de si se refieren a una máquina o a una red de ellas, acaban con el llamado "domino de primer nivel". Los principales tipos de dominios son:
- Dominios genéricos. La gran mayoría de ellos pueden ser registrados por todo tipo de personas físicas y jurídicas de cualquier parte del mundo sin requerimientos especiales. Este tipo de dominios son económicos y de registro muy rápido. Algunos de ellos son: “.biz”, “.cc”, “.com”, “.edu”, “.mobi”, “.name”, “.net”, “.org”, “.ws”, etc. Por ejemplo, los “.com” son los más acertados para empresas multinacionales u organizaciones con ánimo de lucro y los “.edu” para instituciones con fines educativos.
- Dominios territoriales. Existen más de 200 dominios territoriales, cada uno de ellos relacionado con un país distinto. Para cada extensión existe una normativa y unas tasas de registro distintas impuestas por cada país. Algunos ejemplos son: “.ar” de Argentina, “.bo” de Bolivia, “.cl” de Chile, “.es” de España, “.mx” de México, “.pe” de Perú, “.uy” de Uruguay, etc.
La regulación en vigor sobre los nombres de dominio bajo “.es” sigue la ORDEN ITC/1542/2005, de 19 de mayo, que aprueba el Plan Nacional de nombres de dominio de Internet bajo el código de país correspondiente a España (.es). La ORDEN PRE/1641/2005, de 31 de mayo, modifica la Orden PRE/2440/2003, de 29 de agosto, por la que se desarrolla la regulación de la tasa por asignación del recurso limitado de nombres de dominio bajo el código de país correspondiente a España (.es). El Parlamento Europeo y el Consejo, con el objetivo de acelerar el desarrollo del comercio electrónico en el ámbito europeo, aprobó el Reglamento (CE) nº 733/2002, por el que se establecen las condiciones para la aplicación del dominio de primer nivel".eu", la designación y el marco actual general de funcionamiento de un Registro de nombres de dominio. Los nombres de dominio bajo".eu" coexisten de manera paralela a los nombres de dominio específicos de cada uno de los Estados de la Unión Europea.
me sirvio mucho gracias
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