La norma vigente sobre ICT en España no contempla la obligación de preinstalaciones de fibra óptica hasta el hogar. La Comisión Asesora para el Despliegue de Infraestructuras de Acceso Ultrarápidas (CADIAU) de la SETSI (Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información) está trabajando con varios agentes del sector, en el estudio de la implantación de las nuevas redes ultrarápidas en los edificos, con el fin de posibilitar la propuesta de una nueva ICT. El tramo final es uno de los más costosos para la introducción de la fibra óptica en los hogares (por problemas legales, de espacio, económicos, estéticos, etc.) y, aunque existe la alternativa de mantener el par de cobre para ofrecer servicios de nueva generación, no es la alternativa más eficiente a largo plazo. Por lo tanto, la adaptación de las ICT a la nuevos requisitos de la fibra óptica, es de suma importancia para acelerar el despliegue de las redes FTTH.
Las ICT (Infraestructuras Comunes de Telecomunicaciones) son las instalaciones necesarias para captar, adaptar y distribuir a las viviendas y locales, señales de radio y televisión terreste y por satélite, servicio de telefonía básica y de telecomunicación por banda ancha. Las características técnicas mínimas que ha de reunir esta instalación se encuentran recogidas en el Real Decreto Ley 401/2003. El Real Decreto Ley 1/1998 establece que no se concederá autorización para la construcción de nuevos edificios o rehabilitación integral de los existentes si al Proyecto de Edificación no se acompaña el Proyecto Técnico de ICT.
Las ICT (Infraestructuras Comunes de Telecomunicaciones) son las instalaciones necesarias para captar, adaptar y distribuir a las viviendas y locales, señales de radio y televisión terreste y por satélite, servicio de telefonía básica y de telecomunicación por banda ancha. Las características técnicas mínimas que ha de reunir esta instalación se encuentran recogidas en el Real Decreto Ley 401/2003. El Real Decreto Ley 1/1998 establece que no se concederá autorización para la construcción de nuevos edificios o rehabilitación integral de los existentes si al Proyecto de Edificación no se acompaña el Proyecto Técnico de ICT.
En el caso de televisión, telefonía y telecomunicación de banda ancha, las tomas de distribucion que debe tener la vivienda depende de las que se decida en el Proyecto Técnico, con un mínimo de una toma cada dos estancias o fracción (excluidos baños y trasteros). En ningún caso debe de haber menos de dos tomas de cada servicio en una vivienda. En caso de querer instalar más tomas no es necesario hacer nuevas obras. Las estancias sin tomas dispondrán de una canalización y un registro de tomas vacíos para que su propietario pueda instalar una toma del servicio que desee. La normativa ICT establece que la infraestructura de telecomunicaciones, debe prever que disponga de capacidad suficiente para permitir el paso de redes de distintos operadores, permitiendo de esta forma el uso compartido de las instalaciones y una verdadera competencia entre las mismas.
En las viviendas que han sido construidas considerando las actuales ICT, la introducción de la fibra óptica será relativamente sencilla, en cuanto que se cuenta con un sistema de canalizaciones previo. No obstante, sería muy importante que la fibra óptica fuera instalada desde un primer momento en las viviendas y, por lo tanto, incluida cuanto antes en las ICT con el fin de facilitar la introducción de fibra hasta el hogar. Sin embargo, la construcción de viviendas se va a ralentizar durante los próximos años, por lo que la actualización de las ICT no tendría el impacto que podría haber tenido hace unos años. Ademas, existe un porcentaje muy elevado de edificios -alrededor del 85%- que no están equipados con ICT.
Algunos países como Francia, han obligado ya a instalar la fibra óptica en los edificios de nueva construcción. De momento, aunque las ICT en España no estén listas, la CMT obliga al primer operador que despliegue su red de fibra óptica dentro de un edificio, a compartir mediante acuerdos recíprocos y a precios razonables todos los elementos de la red (cajas terminales, cables, rosetas, etc.) con el resto de operadores que deseen acceder a ese edificio para ofrecer servicios de FTTH. No obstante, esto no debe ralentizar la adaptación de las ICT, pues la medida tomada por el regulador español no es suficiente para dinamizar los despliegues de fibra en el acceso.
En las viviendas que han sido construidas considerando las actuales ICT, la introducción de la fibra óptica será relativamente sencilla, en cuanto que se cuenta con un sistema de canalizaciones previo. No obstante, sería muy importante que la fibra óptica fuera instalada desde un primer momento en las viviendas y, por lo tanto, incluida cuanto antes en las ICT con el fin de facilitar la introducción de fibra hasta el hogar. Sin embargo, la construcción de viviendas se va a ralentizar durante los próximos años, por lo que la actualización de las ICT no tendría el impacto que podría haber tenido hace unos años. Ademas, existe un porcentaje muy elevado de edificios -alrededor del 85%- que no están equipados con ICT.
Algunos países como Francia, han obligado ya a instalar la fibra óptica en los edificios de nueva construcción. De momento, aunque las ICT en España no estén listas, la CMT obliga al primer operador que despliegue su red de fibra óptica dentro de un edificio, a compartir mediante acuerdos recíprocos y a precios razonables todos los elementos de la red (cajas terminales, cables, rosetas, etc.) con el resto de operadores que deseen acceder a ese edificio para ofrecer servicios de FTTH. No obstante, esto no debe ralentizar la adaptación de las ICT, pues la medida tomada por el regulador español no es suficiente para dinamizar los despliegues de fibra en el acceso.
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